09 de abril, 2021

Protocolo COVID-19 para la permanencia en las bibliotecas de la Ciudad

El Ministerio de Cultura porteño publicó las medidas de prevención que deben aplicar las unidades de información para el funcionamiento de las salas de lectura y la realización de actividades culturales

El 6 de abril el Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires publicó la Resolución 901/MCGC/21 que aprueba el “Protocolo para permanencia en las bibliotecas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. El documento establece las medidas de prevención que deben aplicar las bibliotecas públicas, populares y de gestión privada para llevar adelante el funcionamiento de la consulta de libros en sala, el uso de los espacios de lectura y la realización de actividades culturales con público y aforo reducido.

Las bibliotecas podrán atender de lunes a domingo, entre las 7 y las 22 horas. Solo podrán acudir los socios de la biblioteca o, en el caso de instituciones educativas, los estudiantes, el personal docente y no docente. Todas las visitas se deberán reservar con turno previo. La duración de la permanencia por turno será de dos horas, pudiendo extenderse hasta cuatro horas como máximo.

El coeficiente de ocupación del aforo será de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando el establecimiento cuente con 10 renovaciones de aire por hora. En caso de contar con 8 o 9 renovaciones de aire por hora el aforo será de un 25% y, para los casos de 6 y 7 renovaciones, será de un 20%.

Los usuarios no podrán hacer uso del equipamiento tecnológico que se encuentra en las instalaciones y tampoco podrán utilizar el sistema de estantería abierta. El acceso a los documentos físicos se realizará a través de la entrega en mano del material por parte de los bibliotecarios.

El uso del sistema de préstamo de libros se debe adecuar a lo establecido en el “Protocolo para la reactivación del sistema de préstamo de libros de las bibliotecas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” aprobado por Resolución Nº 2537/MCGC/2020”.

Las bibliotecas podrán llevar a cabo las siguientes actividades con un aforo especial del 20% de la capacidad habilitada:

  • Talleres: Clubes de escritura y Clubes de lectura en bibliotecas que brinden espacialidad y garanticen circulación de personas con distanciamiento social.
  • Charlas y shows musicales de pequeño formato (un músico y/o instrumentista) en vinculación con el universo del libro y la palabra.
  • Presentaciones de libros del sector editorial independiente.


Al final de la nota se puede descargar el protocolo completo.


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Imagen: Espacio Borges - Biblioteca Miguel Cané <https://www.buenosaires.gob.ar/bienes/bibliotecacane>